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El Servicio Social para la Paz: En la búsqueda de la reconciliación y la construcción de paz en Colombia.

Por Álvaro Sepúlveda Franco, Septiembre 16 de 2024

La reglamentación de la Ley de Servicio Social para la Paz en Colombia con la expedición del decreto 1079 de 2024, representa un considerable avance en la búsqueda de alternativas al Servicio Militar Obligatorio, promoviendo la participación activa de los jóvenes en la construcción de una paz duradera. El Servicio Militar Obligatorio tradicionalmente ha sido visto como un deber cívico, pero también es criticado por su enfoque en la militarización en lugar de la construcción de comunidades pacíficas. Con esta medida, el servicio militar seguirá siendo obligatorio, pero los jóvenes podrán elegir prestar el servicio Social para la Paz.

La Ley 2272/22 surge en un contexto de búsqueda de paz y reconciliación en Colombia, tras décadas de conflicto armado. La firma del Acuerdo de Paz de 2016 entre el gobierno colombiano y las FARC-EP marcó un hito en la historia del país, estableciendo un marco para la reintegración de excombatientes y la promoción de la paz. Pero la implementación de estos Acuerdos ha enfrentado múltiples dificultades, incluyendo la violencia persistente en algunas regiones y la falta de oportunidades para los jóvenes.

El texto especifica que:

Insolvencia Economica

“El Servicio Social para la Paz se constituye como una alternativa al servicio militar, mediante la cual las y los jóvenes colombianos pueden contribuir activamente a la construcción de una paz estable y duradera en el país, a través de diversas modalidades vinculadas estrechamente a la política de paz del Estado y la Seguridad Humana, abordando áreas temáticas esenciales para el fortalecimiento del bienestar colectivo, la democratización de la gestión pública y la cohesión social. (…) Podrá ser prestado por las y los jóvenes colombianos que cumplan con los requisitos del servicio militar obligatorio. Los jóvenes colombianos que se encuentren exonerados de prestar el servicio militar obligatorio por encontrarse dentro de alguna de las causales contempladas en el artículo12 de la Ley 1861 de 2017, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, podrán postularse de forma voluntaria para prestar el Servicio Social para la Paz en alguna de las modalidades establecidas en el artículo 11 de la Ley 2272 de 2022. Las mujeres podrán postularse para prestar el Servicio Social para la Paz de manera voluntaria cumpliendo los requisitos que establece la normatividad vigente”.

La Ley 2272 de 2022, reglamentada en agosto de este año, establece un marco que permite a los jóvenes entre 18 y 24 años contribuir durante 12 meses a diversas iniciativas sociales y ambientales en lugar de cumplir con el servicio militar tradicional. Se enmarca en la política de “Paz Total” (artículos 10 y 11) del actual gobierno, que busca no solo la desmovilización de grupos armados, sino también la inclusión de la juventud en procesos de construcción de paz. Tiene como objetivo principal definir la política de paz como una política de Estado, promoviendo la participación activa de los jóvenes en la construcción de una sociedad más pacífica.

La implementación del Servicio Social para la Paz se formalizó a través del Decreto 1079 de 2024, que establece los lineamientos específicos para su funcionamiento. Este Decreto fue el resultado de un proceso participativo que incluyó la voz de jóvenes y otros actores sociales, asegurando que las modalidades y el enfoque del servicio respondan a las necesidades y realidades del país. Establece un proceso claro que incluye etapas de convocatoria, inscripción, selección, capacitación y culminación del servicio, garantizando que los jóvenes reciban la formación necesaria para llevar a cabo sus actividades de manera efectiva.

Los jóvenes que opten por este servicio recibirán una certificación equivalente a la libreta militar, lo que les permitirá cumplir con su deber cívico de una manera que contribuya al bienestar social. Además, se prevé que reciban una remuneración similar a la del servicio militar (de hasta el 80% de un salario mínimo legal vigente: aproximadamente 1.067.000 pesos), así como acceso a descuentos en programas académicos y formación técnica a través del SENA. También se les entregará una dotación semestral de medio salario mínimo; tendrán derecho a percibir el auxilio de transporte en los mismos términos y cuantía que el Gobierno nacional establezca para los trabajadores; recibirán una bonificación de navidad equivalente al 50% del SMMLV y una otra por seguro de vida colectivo similar al que reciben los jóvenes colombianos que prestan el servicio militar; y al final de los 12 meses de servicio, cumplidos los requisitos para la culminación de dicho servicio, el promotor tendrá derecho por una sola vez al pago de una bonificación adicional de un SMMLV. Además, quienes hayan sido admitidos en instituciones educativas para adelantar sus estudios universitarios, técnicos o tecnológicos, tendrán derecho a que se les reserve el cupo hasta el semestre académico siguiente a la terminación del servicio.

La Ley tiene el potencial de transformar la manera en que los jóvenes colombianos se relacionan con su país y su comunidad. Al ofrecer una alternativa al servicio militar, se espera que más jóvenes se involucren en actividades que promuevan la paz y la cohesión social, contribuyendo a la construcción de una Colombia más pacífica.

Este servicio priorizará a los jóvenes que no hayan resuelto su situación militar, los que habitan en territorios con altos índices de violencia, quienes hayan sido expuestos a reclutamiento forzado y los que se encuentren en situación de vulnerabilidad y pobreza extrema.

La financiación del programa está garantizada a través del Presupuesto General de la Nación asignados a Función Pública, y se podrán captar recursos provenientes de donaciones, cooperación internacional y sector privado, bajo acuerdos específicos, todo ello sujeto al Marco Fiscal de Mediano Plazo y al Marco de Gasto del Mediano Plazo.

Modalidades del Servicio Social para la Paz

Los jóvenes interesados tendrán la opción de elegir entre seis enfoques (acciones, estrategias y actividades del servicio social: derechos étnico, intercultural, territorial género y diversidades sexuales) con 11 modalidades vinculadas a la política de paz del Estado y la seguridad humana que abordan áreas temáticas esenciales para el fortalecimiento del bienestar colectivo, la democratización de la gestión pública y la cohesión social. Estas modalidades son:

  • Alfabetización digital en zonas rurales y urbanas.
  • Trabajo con víctimas del conflicto armado y promoción de sus derechos.
  • Refrendación y cumplimiento de los Acuerdos de Paz.
  • Promoción de políticas públicas de paz, reconciliación, convivencia y la no estigmatización.
  • Protección de la naturaleza y la biodiversidad.
  • Promoción de la paz étnica, cultural y territorial.
  • Cuidado de personas con discapacidad y mayores en situación de vulnerabilidad, así como con víctimas de violencia sexual y basadas en género.
  • Trabajo en la reforma rural integral.
  • Promoción y defensa de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
  • Preservación del patrimonio cultural, material e inmaterial de la Nación.
  • Trabajo con personas damnificadas o afectadas por fenómenos o amenazas naturales.

Etapas del Servicio

El marco de operación para estas modalidades incluye siete etapas: convocatoria, inscripción, selección, ingreso, capacitación, práctica y culminación.

Entidades encargadas de la implementación

Las entidades estatales encargadas de implementar el Servicio Social para la Paz serán los ministerios del Interior, Educación, Ambiente, Igualdad, Cultura y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC); la Oficina del Consejero Comisionado para la Paz; la Unidad de implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera; la Unidad para la Atención y Reparación Integral de la Víctimas (UARIV); y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Estarán bajo el liderazgo de Función Pública en coordinación con el Ministerio de la Igualdad y Equidad, apoyadas por un comité que incluirá a estas dos entidades junto con los ministerios de Defensa y Educación, el Departamento Nacional de Planeación y la Oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Reacciones ante la Ley

Tras la firma del Decreto, el viceministro de Juventudes, Gareth Sella, dijo que es “Un triunfo del movimiento social. Hay Servicio Social para la Paz. Cada vez más jóvenes para la Paz y la Vida, y menos para la guerra”. Según el director de Función Pública, César Augusto Manrique, “La iniciativa, que es el cumplimiento de una promesa histórica para la juventud colombiana, comenzará la etapa de ejecución que llevará a miles de jóvenes a desarrollar actividades que contribuirán a la construcción de una paz estable y duradera en Colombia”. El senador Iván Cepeda, quien ha acompañado la iniciativa desde sus inicios, manifestó: “Este es un avance significativo para la paz”.

Sin embargo, la implementación de esta Ley no está exenta de dificultades y controversias. La persistencia de la violencia en algunas regiones y la falta de recursos pueden dificultar la efectividad del programa. Es preciso que el gobierno, las instituciones involucradas y la sociedad civil aseguren que las modalidades de servicio sean accesibles y relevantes para todos los jóvenes, en especial aquellos en situaciones de vulnerabilidad.